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Trabajo y Empleo2 min de lectura

Publicados tres convenios colectivos con nuevas tablas salariales

El Diario Oficial publica tres convenios colectivos que establecen nuevas condiciones laborales y tablas salariales mínimas para los sectores de la industria química, la contabilidad y el sector eléctrico.

Se han transcrito en el Diario Oficial tres convenios colectivos de trabajo (CCT) que revisan las condiciones laborales y, principalmente, las tablas salariales mínimas para miles de trabajadores en diversos sectores. La publicación de estos instrumentos es un paso necesario para su aplicación.

Los convenios publicados son:

  • Convenio colectivo entre APQuímica - Asociación Portuguesa de la Química, Petroquímica y Refinación y otros y la Federación de Sindicatos de la Industria, Energía y Transportes - COFESINT y otros (Modificación salarial y otros). Este CCT abarca las industrias químicas y se aplica a unas 600 empresas y 22.500 trabajadores. Establece nuevas tablas salariales (con valores que oscilan entre 920 € y 1.713,81 € según el grupo y facturación de la empresa), actualiza el subsidio de comida a 6,47 € y la asignación por averías a 37,26 €. Produce efectos a partir del 1 de enero de 2026.
  • Convenio colectivo entre APECA - Asociación Portuguesa de Empresas de Contabilidad y Administración y el Sindicato de Trabajadores del Sector de Servicios - SITESE (Modificación salarial y otros). Se aplica a empresas de contabilidad, fiscalidad y administración, abarcando potencialmente a 12.000 empleadores y 80.000 trabajadores. Establece una nueva tabla salarial (de 920 € a 1.300 €), introduce el derecho a tolerancia en el día del cumpleaños y revisa las reglas de antigüedad. Entra en vigor a partir del 1 de junio de 2026.
  • Convenio colectivo entre la Asociación Portuguesa de Empresas del Sector Eléctrico y Electrónico y la FE - Federación de Ingenieros y otros – Rectificación. Esta publicación consiste en la rectificación de una tabla de remuneraciones mínimas mensuales publicada anteriormente (en el BTE n.º 23/2026), corrigiendo el listado de categorías profesionales y los salarios respectivos, que oscilan entre 960 € y 3.320 €. Se mantiene el subsidio de comida en 8,50 € y el premio de antigüedad en 42,81 €.
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