Una modificación del convenio colectivo entre la CNIS y la FNSTFPS establece que las diferencias salariales de 2026 se paguen en dos mensualidades iguales antes de que termine el tercer trimestre. Las cláusulas económicas surten efecto desde el 1 de enero de 2026.
Una modificación del convenio colectivo entre la Confederación Nacional de Instituciones de Solidaridad (CNIS) y la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores de las Funciones Públicas y Sociales (FNSTFPS) establece cómo deben pagarse las diferencias salariales derivadas de la revisión del acuerdo.
Según la nueva redacción de la cláusula 97, las cláusulas económicas del convenio publicado en el Boletín de Trabajo y Empleo n.º 21, de 8 de junio de 2026, surten efecto desde el 1 de enero de 2026. Las diferencias salariales correspondientes a 2026 deben pagarse en dos mensualidades iguales antes de que termine el tercer trimestre de 2026.
La modificación se acordó el 13 de julio de 2026 y se publicó en el JORAM. El texto identifica a la CNIS y a la FNSTFPS como partes, en representación de los sindicatos afiliados que se indican en el acuerdo.
La Dirección Regional de Juventud ha formalizado un contrato indefinido con Sara Sofia Andrade Gomes. Se incorporó el 1 de octubre, con una retribución correspondiente al primer nivel salarial y un período de prueba de 120 días.
El Instituto de Seguridad Social de Madeira ha publicado los proyectos de clasificación de los candidatos admitidos y excluidos en dos procesos selectivos para un total de 19 puestos de trabajo. Los interesados disponen de 10 días hábiles desde la publicación de los anuncios para presentar alegaciones en audiencia previa.
El Sindicato Independiente de Trabajadores del Comercio, Oficinas, Servicios, Restauración y Bebidas se ha adherido al convenio colectivo suscrito entre CNIS y FNE. Las tablas salariales, el subsidio de comida y los complementos por antigüedad tienen efecto desde el 1 de enero de 2026.