Madeira ha modificado las normas de Funcionamento 2030, con nuevas tasas y límites para los costes de funcionamiento y transporte. El programa también permite calcular las ayudas mediante costes simplificados y amplía la elegibilidad a determinadas actividades de transporte.
La Orden n.º 552/2026, de 30 de septiembre, modifica por primera vez el reglamento del Sistema de Incentivos al Funcionamiento de la Región Autónoma de Madeira, conocido como Funcionamento 2030. El programa está cofinanciado por el FEDER en el marco de Madeira 2030 y tiene por objeto compensar los costes estructurales que condicionan la actividad de las empresas de la Región.
La modificación pretende reforzar la respuesta a los costes soportados por las empresas, incluido el impacto de la subida de los combustibles. Pueden recibir ayudas empresas de cualquier tamaño, aunque la elegibilidad depende de las normas del reglamento y de las convocatorias.
Entre los demás costes de funcionamiento subvencionables se incluyen las cotizaciones obligatorias a la Seguridad Social, el alquiler de instalaciones, el consumo de electricidad y agua y los servicios de contabilidad, estos últimos con un límite de 2.000 euros. Los costes de transporte abarcan mercancías producidas, importadas y reprocesadas en Madeira, con sujeción a las condiciones previstas en el reglamento.
El reglamento permite ahora financiar mediante la opción de costes simplificados, que se definirá en las convocatorias, además del cálculo basado en los costes reales. En el modelo simplificado, el importe se determina durante la evaluación de la solicitud a partir de datos empresariales y contables, sin exigir la justificación individual de cada coste utilizado en el cálculo. No obstante, se siguen verificando las condiciones para conceder la ayuda.
Las empresas deben mantener su actividad y la ubicación de la operación durante tres años en el caso de las pymes o cinco años en el de las grandes empresas. También deben mantener durante esos periodos el nivel de empleo existente antes de presentar la solicitud. Los puestos de trabajo creados deben mantenerse durante tres años en las pymes y cinco años en las grandes empresas.
La orden también actualiza las normas sobre elegibilidad, gastos, pagos y definiciones, incluidas las referencias a la CAE Revisión 4. La modificación entra en vigor al día siguiente de su publicación. El reglamento prevé una dotación financiera indicativa de 71.290.703,50 euros, sujeta a cambios.
Los jóvenes agricultores podrán cumplir determinados criterios de elegibilidad tomando como referencia los 48 meses anteriores a la solicitud, en lugar de los 24 meses previstos hasta ahora. El cambio pretende incluir a candidatos que iniciaron antes el proceso de instalación.
La Ordenanza n.º 544/2026 modifica por segunda vez el régimen de ayudas de la intervención F.1.7 del PEPAC en Madeira. Los cambios aclaran los criterios de elegibilidad y corrigen las normas sobre las solicitudes de pago. Además, derogan la ordenanza que introdujo la primera modificación.
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