Skip to content
¿Comprar o vender en Madeira? Anuncios clasificados en madeiraportal.pt
Finanzas Públicas1 min de lectura

El gobierno autoriza la redistribución de 52 millones de euros para proyectos del plan de recuperación

La Orden n.º 389/2026 autoriza la redistribución de cargas presupuestarias hasta 52,2 millones de euros para financiar inversiones elegibles y no elegibles del Plan de Recuperación y Resiliencia.

El Gobierno Regional de Madeira ha publicado una orden que autoriza la redistribución de fondos presupuestarios para proyectos enmarcados en el Plan de Recuperación y Resiliencia (PRR). La medida tiene como objetivo asegurar la financiación de inversiones elegibles y no elegibles que no están cofinanciadas por el programa europeo.

El importe global máximo autorizado es de 52.232.704,08 €, distribuido de la siguiente manera:

  • 45.482.510,08 € corresponden a una contribución financiera no reembolsable.
  • 6.750.194,00 € constituyen un refuerzo financiero reembolsable, destinado a cubrir necesidades temporales de tesorería.

La redistribución de las cargas a lo largo de los ejercicios económicos es la siguiente:

  • 2023: 0,00 €
  • 2024: 8.047.239,68 €
  • 2025: 23.519.440,88 €
  • 2026: 20.666.023,52 € (máximo)

El refuerzo reembolsable de 6,75 millones de euros para 2026 está destinado a cubrir la retención del 5 % aplicable a los pagos del PRR. Este importe deberá ser restituido por IHM, EPERAM a la Región Autónoma de Madeira tras la recepción del saldo final del PRR.

Los fondos para 2026 están inscritos en el presupuesto de la Secretaría Regional de Equipamientos e Infraestructuras, abarcando proyectos específicos en las áreas de construcción, adquisición, tecnologías de la información, transición energética y rehabilitación con eficiencia energética.

La orden entra en vigor en la fecha de su publicación.

Referencia legal: Orden n.º 389/2026, de 6 de agosto, que autoriza la redistribución de las cargas presupuestarias previstas en la Orden n.º 1078/2023, de 7 de diciembre, modificada por las Órdenes n.º 854/2024, n.º 560/2025 y n.º 274/2026.

Compartir este artículo

Artículos relacionados