Aprobadas modificaciones a los apoyos agrícolas en el ámbito del POSEI y la PAC
Tres órdenes ministeriales introducen cambios en los regímenes de apoyo a la comercialización de productos locales, la producción de miel de caña y las inversiones de jóvenes agricultores.
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La Secretaría Regional de Agricultura y Pesca ha publicado tres órdenes ministeriales que actualizan los regímenes de apoyo al sector agrícola, adaptándolos a cambios aprobados a nivel europeo y nacional.
Apoyo a la Comercialización (Orden n.º 367/2026)#
Esta orden procede a la tercera modificación de la Orden n.º 238/2017, que establece el apoyo a la comercialización de ciertos productos originarios de la Región Autónoma de Madeira (RAM) en el mercado local (Medida 3, Acción 3.2 del POSEI). Las principales modificaciones incluyen la actualización de definiciones (como la inclusión de las Denominaciones de Origen Protegidas "Batata-Dulce de Madeira DOP" y "Cebolla de Madeira DOP"), la clarificación de los productos elegibles y una bonificación del 20% en el apoyo para los productores de "Anona de Madeira DOP", "Batata-Dulce de Madeira DOP" y "Cebolla de Madeira DOP".
Apoyo a la Producción de Miel de Caña (Orden n.º 368/2026)#
Esta orden procede a la primera modificación de la Orden n.º 782/2020, que establece el apoyo a la producción de miel de caña (Medida 2, Acción 2.1.3 del POSEI). La modificación actualiza el valor de la ayuda, que pasa a ser de 150 euros por 100 kilogramos de miel de caña expresada en azúcar blanco.
Apoyo a Jóvenes Agricultores (Orden n.º 369/2026)#
Esta orden procede a la primera modificación de la Orden n.º 583/2025, que establece el régimen de aplicación de la Intervención F.1.2 - "Inversión asociada a la instalación de jóvenes agricultores" del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027. Las modificaciones pretenden clarificar y operativizar mejor el régimen, incluyendo la definición de "joven agricultor" (que debe poseer formación profesional adecuada), normas sobre la interrupción de la ejecución de las operaciones, y ajustes en los gastos elegibles y sus límites (como gastos con licencias, estudios técnicos y seguimiento de solicitudes).
Las órdenes n.º 367/2026 y 368/2026 producen efectos a partir del 1 de enero de 2026, mientras que la orden n.º 369/2026 entra en vigor al día siguiente de su publicación.
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