Establecidas las reglas para la temporada de caza 2026/2027 en Madeira y Porto Santo
La Orden n.º 417/2026 fija el calendario, períodos, límites de captura y condicionamientos para la caza en las dos islas, definiendo las especies que se pueden cazar y los métodos permitidos.
El Secretario Regional de Turismo, Medio Ambiente y Cultura ha publicado la Orden n.º 417/2026, que establece el régimen cinegético para la temporada 2026/2027 en la Región Autónoma de Madeira. La normativa detalla las reglas específicas para la Isla de Madeira y la Isla de Porto Santo.
Las especies cinegéticas cuya caza está permitida son: chocha perdiz, paloma bravía, perdiz roja, conejo de monte, agachadiza común y faisán común (este último solo en Porto Santo).
Reglas para la Isla de Madeira
La caza está permitida generalmente entre las 8:30 y las 8:00 horas, con excepciones. Por ejemplo, la caza de chocha perdiz y agachadiza común solo está permitida los domingos y festivos, entre las 8:30 y las 13:00 horas. La caza del conejo de monte en terrenos cultivados tiene períodos y horarios específicos entre el 8 de noviembre y el 20 de diciembre.
Los límites diarios de captura son:
- Perdiz roja: 3
- Chocha perdiz: 3
- Agachadiza común: 3
- Conejo de monte (en áreas forestales/incultas): 1
- Conejo de monte (en terrenos cultivados) y Paloma bravía: Sin límite.
Se imponen restricciones al número de perros y batidores, y está prohibido cazar en áreas de refugio como Paul da Serra y en varias áreas de protección específicas listadas en la orden.
Reglas para la Isla de Porto Santo
El horario general de caza es entre las 8:30 y las 15:00 horas. La caza del conejo de monte está sujeta a reglas muy específicas según el período y la zona, alternando entre el método de espera con arma de fuego y el método "a corricão" sin arma.
Los límites diarios de captura son:
- Perdiz roja: 3
- Conejo de monte: 10
- Paloma bravía y Faisán común: Sin límite.
Está expresamente prohibido dañar los tradicionales "paredes" o "muros de ganchillo" utilizados para conducir la caza.
La orden también prohíbe la caza en áreas quemadas y sus alrededores (250 metros) durante el incendio y en los 90 días siguientes. El Instituto de Bosques y Conservación de la Naturaleza (IFCN) será responsable de la publicación de estas reglas mediante edicto.
Artículos relacionados
El Gobierno refuerza el programa +ENERGIA con 2 millones de euros adicionales
El Gobierno Regional ha aprobado un aumento presupuestario de 2 millones de euros para el programa de incentivos a energías renovables +ENERGIA, elevando la dotación total a 7,5 millones de euros.
37 nuevos guardas forestales nombrados para el Instituto de los Bosques
37 trabajadores han sido nombrados definitivamente en la categoría de guarda forestal en el Instituto de los Bosques y Conservación de la Naturaleza de Madeira.
Proyecto de estabilización de talud en la VE2 exento de evaluación de impacto ambiental
El Gobierno Regional ha concedido la exención total del procedimiento de evaluación de impacto ambiental para un proyecto de estabilización y protección de un talud en la vía rápida Via Expresso 2 en el municipio de Porto Moniz.