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Madeira crea un sistema regional para alertar a la población sobre catástrofes

La Asamblea Legislativa aprobó un nuevo sistema para monitorizar riesgos y emitir alertas especiales y avisos a la población en caso de accidentes graves o catástrofes.

La Asamblea Legislativa de la Región Autónoma de Madeira aprobó el Decreto Legislativo Regional n.º 12/2026/M, que crea el Sistema Regional de Monitorización y Comunicación de Riesgo, de Alerta Especial y de Aviso a la Población. Este decreto adapta a la región el régimen nacional previsto en el Decreto-Lei n.º 2/2019, de 11 de enero.

El sistema tiene como objetivo reforzar la capacidad de prevención, monitorización y respuesta ante fenómenos meteorológicos extremos, como tormentas, incendios rurales, derrumbes y precipitación intensa, a los que Madeira es particularmente vulnerable debido a su orografía compleja y ubicación geográfica.

El decreto define los conceptos de "alerta especial" (comunicación al sistema de protección civil) y "aviso de protección civil" (comunicación directa a la población), que puede ser preventivo o de acción. La emisión de alertas especiales compete al Servicio Regional de Protección Civil, IP-RAM (SRPC, IP-RAM) y a los Servicios Municipales de Protección Civil. La emisión de avisos a la población corresponde al Centro de Coordinación Operativa Regional y a las estructuras municipales de protección civil.

El sistema establece un deber de colaboración para varias entidades, incluyendo:

  • Operadores generalistas de televisión de cobertura nacional, regional y local con actividad en la Región.
  • Operadores generalistas de radiodifusión (radio) de cobertura nacional, regional y local con actividad en la Región.
  • Operadores de comunicaciones fijas y móviles de cobertura nacional con actividad en la Región.

Estas entidades deben garantizar las condiciones para la difusión de avisos, que pueden realizarse a través de sirenas, teléfonos móviles, televisión, radio, aplicaciones, correo electrónico o redes sociales.

El decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación.

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