El Gobierno aprueba la nueva estructura interna de la Oficina del Secretario Regional de Turismo, Medio Ambiente y Cultura
Se ha publicado la Ordenanza n.º 308/2026 que define la organización interna y las unidades nucleares de la Oficina del Secretario Regional de Turismo, Medio Ambiente y Cultura.
La organización interna de la Oficina del Secretario Regional de Turismo, Medio Ambiente y Cultura (GSRTAC) fue formalmente aprobada mediante la Ordenanza n.º 308/2026, de 6 de julio. Este decreto, firmado por los Secretarios Regionales de Turismo, Medio Ambiente y Cultura y de Finanzas, establece la estructura nuclear y los servicios que apoyarán al miembro del Gobierno Regional en el ejercicio de sus funciones.
El GSRTAC, que integra la administración directa de la Región Autónoma de Madeira, tiene como misión coadyuvar al Secretario Regional, asegurando la planificación y el apoyo técnico, estratégico, jurídico, financiero y administrativo necesarios.
Unidades Orgánicas Nucleares
La organización interna está constituida por las siguientes unidades orgánicas nucleares, dirigidas por directores de servicios de 1.º grado:
- Dirección de Servicios de Gestión Financiera y Patrimonio (DSGFP): responsable del apoyo técnico en la gestión financiera, presupuestaria y patrimonial de la secretaría regional.
- Dirección de Servicios de Contratación Pública (DSCP): asegura la prestación centralizada de servicios de apoyo en el área de la contratación pública para todos los servicios de la administración directa.
- Gabinete de Asuntos Parlamentarios (GAP): presta apoyo en las relaciones institucionales entre los departamentos del Gobierno Regional y la Asamblea Legislativa de la RAM.
- Unidad de Gestión de la Secretaría Regional de Turismo, Medio Ambiente y Cultura (UGSRTAC): unidad de apoyo técnico en las áreas contables, presupuestarias, financieras y patrimoniales.
Servicios de Apoyo
Además de las unidades nucleares, el GSRTAC comprende también dos servicios de apoyo:
- Gabinete de Asesoramiento (GA): presta apoyo técnico en áreas como la jurídica, económica, financiera y estadística, y es responsable de estudios, dictámenes y apoyo a la candidatura a fondos europeos.
- Gabinete de Recursos Humanos (GRH): servicio de apoyo técnico en la gestión de los recursos humanos adscritos a los servicios de la administración directa de la secretaría regional.
La ordenanza establece además que el número máximo de unidades orgánicas flexibles en el GSRTAC se fija en cinco. El decreto mantiene las comisiones de servicio de los titulares de los cargos directivos en las nuevas unidades y deroga la Ordenanza n.º 73/2020 y partes de la Ordenanza n.º 505/2024. La nueva estructura entró en vigor el día 15 de julio de 2026.
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