El Reglamento n.º 6/2026 fija las tasas que MPXO cobra a los usuarios de la Marina de Porto Santo, con aplicación desde el 1 de enero de 2027 para los usuarios existentes.
APRAM, S.A. ha aprobado el Reglamento n.º 6/2026, que establece las tarifas que la concesionaria MPXO aplicará a los usuarios de la Marina de Porto Santo y del Astillero Naval, en contrapartida por los servicios, instalaciones y equipamientos puestos a disposición. El reglamento fue aprobado el 30 de septiembre de 2026 y publicado el 30 de octubre de 2026.
Las tarifas se aplican a la náutica de recreo, a las embarcaciones turístico-marítimas y al Astillero Naval, y siempre se añade el IVA al tipo legal vigente.
Ejemplos de tarifas mensuales de amarre anual para embarcaciones locales:
Otras tarifas previstas:
Pagos y garantías: las tarifas de estacionamiento deben abonarse antes del día 8 del mes al que se refieren, de lo contrario se aplican intereses de demora. La concesionaria puede exigir una fianza de hasta seis veces las tarifas mensuales aplicables.
Actualización: las tarifas pueden actualizarse anualmente, con el límite del Índice de Precios al Consumo sin Vivienda para la Región Autónoma de Madeira, publicado por el INE.
Entrada en vigor: el reglamento entra en vigor el día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial, pero se aplica a los usuarios existentes en la fecha de aprobación solo a partir del 1 de enero de 2027.
La Cuenta provisional n.º 6/2026 de la Región Autónoma de Madeira, correspondiente al periodo del 1 de enero al 30 de septiembre de 2026, muestra ingresos presupuestarios de unos 1.499 millones de euros y gastos públicos presupuestarios de unos 1.427 millones.
La Secretaría Regional de Finanzas ha publicado en el Diario Oficial los cuadros del Presupuesto transitorio de la Región Autónoma de Madeira para 2026, modificados por los cambios presupuestarios realizados hasta el 30 de septiembre, con ingresos y gastos globales de 2.459.289.183 euros.
La Orden n.º 611/2026 modifica los tipos unitarios del impuesto sobre los productos petrolíferos y energéticos aplicables en la Región Autónoma de Madeira, con efectos desde el 2 de noviembre de 2026.